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LAS ELECCIONES A LA CAMARA DE COMERCIO SE CELEBRARÁN EL PROXIMO 23 DE MARZO

 

Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría General de la Cámara durante los 10 días siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOR y deberán estar avaladas por la firma, como mínimo, del 5% de los electores del grupo o, en su caso de la categoría correspondiente, hasta un máximo de diez. Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos, procederá a la proclamación de los candidatos en el plazo de 5 días, a contar desde la fecha en que finalizó el plazo de presentación.

El mismo plazo de diez días hábiles a contar desde mañana es también el establecido legalmente para solicitar el voto por correo. En este sentido, los electores que prevean que en la fecha de la votación no podrán ejercer su derecho al voto personándose en el Colegio Electoral correspondiente, podrán emitir su voto por correo, previa solicitud en modelo normalizado a la Cámara, personal o remitida por correo certificado y urgente en estos días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria.

El número de electores que podrán votar en estas elecciones es de 29.661. En los comicios se eligen a los 30 miembros electos del Pleno de la Cámara de Comercio y las votaciones se realizan por grupos electorales (en función de la actividad). El reparto de los 30 vocales electos en relación a los diferentes sectores económicos es el siguiente:

15 vocales para la división de Industria: Agua, Energía y Gas (1 vocal); Industrias Químicas (1 vocal); Extracciones y Transformación de Minerales no Energéticos (1); Productos Metálicos (1); Maquinaria y Transporte (1); Bebidas (2); Conservas (1); Alimentación y Tabaco (1); Cuero, Calzado y Vestido (3); Madera (1); Artes Gráficas (1) y Construcción (1).

15 vocales para la división de Comercio y Servicios: Alimentación (2 vocales); Textil, Calzado y Piel (2); Madera (1); Metal (1); Químicas (1); Venta de Edificaciones y Resto (1); Hostelería (1); Reparaciones (1); Transportes y Comunicaciones (2); Banca, Seguros, Publicidad y Alquileres (2); Servicios Diversos (1).

Las empresas que vayan a ejercer su derecho a voto podrán hacerlo única y exclusivamente eligiendo al vocal o vocales que sean candidatos en el/los epígrafe/s a los que pertenezcan su/s empresa/s. Si en cualquiera de las vocalías solamente hubiera un candidato, éste será proclamado directamente sin necesidad de votación.

A los 30 vocales que resulten electos se les sumarán posteriormente otros tres miembros, elegidos entre los propuestos por las organizaciones empresariales más representativas, en este caso la orden señala a la Federación de Empresarios.

Posteriormente, constituido ya el Pleno en su totalidad (33 miembros), se celebrará una sesión plenaria extraordinaria para la elección del Presidente y demás cargos del Comité Ejecutivo de la institución. Tanto la presidencia como el Comité Ejecutivo tendrán una duración de cuatro años.

Fuente:
www.camararioja.com

Logroño Punto Comercio
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