La Junta de Gobierno Local, teniendo en cuenta:
1. Los principios de publicidad, concurrencia y objetividad que deben informar las actuaciones para el reparto de subvenciones y ayudas.
2. Los criterios de concesión de subvenciones elaborados por la Unidad de Comercio y Turismo en base a lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El informe del Gestor Responsable de Comercio y Turismo de fecha 19 de septiembre de 2014.
4. El Informe del Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja de fecha 1 de agosto de 2014 en el que se hace constar, que por parte de dicha Agencia, no se tiene previsto en el año 2014 aprobar bases ni convocatorias de subvenciones a las asociaciones de comerciantes minoristas y federaciones de empresarios de comercio minoristas, vinculadas por sectores de actividades y no zonales, y a asociaciones de artesanos, para la promoción económica local.
5. Los Informes emitidos por la Intervención Municipal y de Fiscalización de fechas 15 y 19 y 30 de septiembre de 2014, respectivamente.
6. El artículo 127 de la LRBRL, 7/85, de 2 de abril, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de Medidas de Modernización del Gobierno Local.
7. La propuesta de acuerdo formulada al respecto por el Director General de Políticas Sociales, Comercio, Cultura y Turismo.
Adopta los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar las Bases Reguladoras de la concesión de subvenciones a las asociaciones de comerciantes minoristas y federaciones de empresarios de comercio minoristas, vinculadas por sectores de actividades y no zonales, y asociaciones de artesanos para la promoción económica local en 2014, que se adjuntan como Anexo I, en el presente Acuerdo, y ordenar su publicación en el BOR.
Segundo: Autorizar, aprobar, y publicar la Convocatoria de concesión de subvenciones a las asociaciones de comerciantes minoristas y federaciones de empresarios de comercio minoristas, vinculadas por sectores de actividades y no zonales, y asociaciones de artesanos, para la la promoción económica local en 2014, que se adjunta como Anexo II al presente Acuerdo, y ordenar su publicación en el BOR.
Tercero: Aprobar el gasto 50.000,00.- euros, en concepto de importe máximo destinado a subvencionar las actividades de promoción económica local en la ciudad de Logroño durante el año 2014, llevadas a cabo por las asociaciones de comerciantes minoristas y federaciones de empresarios de comercio minorista, vinculadas por sectores de actividad y no zonales, y asociaciones de artesanos, según lo establecido en la Convocatoria y Bases Reguladoras. Dicho gasto se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 431.00.489.99 del Presupuesto General de 2014.
Más información: www.larioja.org
Fuente:
www.larioja.org






