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Extensión del plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias

– Aplica a sujetos pasivos con volumen de operaciones en 2019 inferior a 600.000 €.

– El plazo de presentación de declaraciones que vencen en abril se extiende hasta el 20 de mayo.

– En caso de domiciliación del ingreso, el plazo se extiende hasta el 15 de mayo.

– Afectaría a la declaración del primer trimestre de IVA y al pago fraccionado del Impuesto de Sociedades e IRPF.

No resulta de aplicación a entidades que apliquen régimen especial de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades, ni régimen especial de grupo de entidades de IVA.

La AEAT dictará las medidas de desarrollo e implementación necesarias.

Accede a la publicación del BOE:

Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias

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