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Comienza la Fase 0: nuevas medidas de desescalada para la reapertura del comercio minorista

Podrán abrir COMERCIOS MINORISTAS y ESTABLECIMIENTOS DE SERVICIOS PROFESIONALES suspendidos en su actividad por la declaración del estado de alarma, siempre que:

– Su superficie sea menor de 400 m2.

– Que no tengan la consideración de centro o parque comercial, o que se encuentren dentro de los mismos pero con acceso independiente desde el exterior.

– Se establezca un sistema de cita previa que garantice la permanencia en el interior del establecimiento o local en un mismo momento de un único cliente por cada trabajador, sin que se puedan habilitar zonas de espera en el interior de los mismos.

– Se garantice la atención individualizada al cliente con la debida separación física -2 metros- o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores o mamparas -en estos casos la distancia será de 1 metro como mínimo-. En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección individual oportuno que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.

– Se establezca un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este colectivo -de 10 a 12 y de 19 a 20 horas.

– Se cumplan la medidas de higiene, prevención y protección relativas al local, al personal trabajador y a los clientes que se detallan en el documento así titulado en el apartado «Archivos para descarga».

Estos establecimientos podrán establecer sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.

Los desplazamientos a los establecimientos y locales podrán efectuarse únicamente dentro del municipio de residencia, salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo.

Más información:

Logroño Punto Comercio
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