El comercio textil podrá optar por cerrar el establecimiento o dar permiso durante las tardes en que se celebren los espectáculos taurinos al personal contratado, teniendo en cuenta que las horas no trabajadas en esas tardes no son horas adicionales a las de vacaciones y por tanto, las han de recuperar los trabajadores, siempre que en el cómputo anual las horas trabajadas no exceda a las previstas en el convenio.Esto también es de aplicación a los establecimientos situados en los centros comerciales y solo afecta al comercio textil. Para el resto de establecimientos comerciales, el convenio colectivo del comercio en general no contempla cierres o permisos por espectáculos taurinos, por lo que el horario puede ser el normal del resto del año.
Fuente:
www.logronopuntocomercio.com






