En el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja y durante el año 2024, los días inhábiles, a efectos laborales, de carácter retribuido y no recuperable, serán los que se indican a continuación.
Además, serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, con carácter de fiestas locales, hasta dos días del año en cada municipio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, según los fija su respectivo Ayuntamiento.
Fecha |
Día | Festividad |
---|---|---|
1 de enero |
Lunes |
Año Nuevo |
6 de enero |
Sábado | Epifanía del Señor |
28 de marzo |
Jueves |
Jueves Santo |
29 de marzo |
Viernes |
Viernes Santo |
1 de abril |
Lunes |
Lunes de Pascua |
1 de mayo |
Miércoles |
Fiesta del Trabajo |
10 de junio |
Lunes |
Lunes siguiente a Día de La Rioja |
15 de agosto |
Jueves |
Asunción de la Virgen |
12 de octubre |
Sábado |
Fiesta Nacional de España |
1 de noviembre | Viernes |
Fiesta de Todos los Santos |
6 de diciembre |
Viernes |
Día de la Constitución Española |
25 de diciembre |
Miércoles |
Natividad del Señor |
Normativa
- Calendario de festivos laborales para el año 2024 (BOR nº 108, de 29 de mayo de 2023)
Fuente: Portal del Gobierno de La Rioja