La Junta de Gobierno Local ha aprobado la convocatoria ordinaria de estas ayudas para el año 2026, que será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja en los próximos días, así como un presupuesto de 98.950 euros que se desglosan de la siguiente manera:
- Línea 1 ‘Nuevas iniciativas’ (65.500 euros):
- Modalidad A ‘Nueva iniciativa’: 38.000 euros.
- Modalidad B ‘Nueva iniciativa comercial’: 27.500 euros.
- Línea 2 ‘Consolidación empresarial’ (33.450 euros):
- Modalidad A ‘Consolidación empresarial’: 27.450 euros.
- Modalidad B ‘Relevo generacional’: 6.500 euros.
La primera línea, denominada ‘Nuevas iniciativas’, consta de dos modalidades:
- La modalidad A, ‘Nueva iniciativa’, está destinada a financiar la creación de microempresas que inicien una actividad económica y se instalen en el término municipal de Logroño.
La cuantía de estas subvenciones alcanzará los 2.000 euros, cuantía que se incrementará en 500 euros en aquellas actividades económicas que se ubiquen en el centro histórico de la ciudad.
- La modalidad B, denominada ‘Nueva iniciativa comercial’, está destinada a apoyar la creación de microempresas que inicien una actividad exclusivamente de carácter comercial en el término municipal para impulsar la reactivación de este sector en la ciudad.
En este caso, las subvenciones podrán tener una cuantía de 2.500 euros.
La segunda línea, denominada ‘Consolidación empresarial’, consta también de dos modalidades:
- La modalidad A, ‘Consolidación empresarial’, está destinada a financiar parcialmente los gastos que realicen las microempresas o autónomos (que lleven al menos dos años dados de alta) en actividades destinadas a fortalecer su consolidación, ya sea con planes de modernización, marketing, comunicación, incorporación de nuevas tecnologías o digitalización, que permita, su continuidad y consolidación en el término municipal de Logroño.
Las subvenciones alcanzarán en este caso hasta un máximo de 2.500 euros de los gastos subvencionables que se incluyen en el proyecto de bases.
- La modalidad B, ‘Relevo generacional’, está pensada para apoyar el relevo generacional y ayudar así a la continuidad empresarial.
Los gastos subvencionables en esta modalidad incluyen la realización de un plan de viabilidad de empresa o plan de relevo; los costes de los servicios profesionales de elaboración y redacción de un proyecto de reforma y/o decoración; obras de reforma, acondicionamiento y actualización de la superficie de exposición y venta del local, así como de la fachada exterior del establecimiento donde se va a desarrollar la actividad de relevo (puertas, letreros, carteles, toldos, etc.); adquisición de equipamiento y mobiliario para la zona de venta y exposición del local; la realización de un plan de comunicación y marketing relacionado con la actividad; gastos de formación, gastos derivados de actuaciones o servicios de digitalización, y gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia técnica especializada.
Las cuantías de subvención alcanzarán hasta un máximo de 2.500 euros de los gastos subvencionables para el sucesor de la actividad, autónomo o microempresa que cumplan los requisitos, y serán de 500 euros para el transmitente de la actividad (novedad significativa que trata de poner en valor la colaboración y acompañamiento en el proceso de relevo).
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará a las 9:00 horas del día siguiente hábil al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOR y finalizará a las 14:00 horas del 30 de junio de 2026.







